Guía Nuda Propiedad

¿Cuánto se puede prorrogar un contrato de alquiler?

La prórroga de un contrato de alquiler es un tema que genera muchas dudas entre arrendadores y arrendatarios.

Descubre cómo y cuánto se puede prorrogar un contrato de alquiler, evitando malentendidos y asegurando una relación armoniosa entre las partes.

Primera consulta gratis

Contacta con abogados especialistas en derecho inmobiliario de tu zona.
Accede a nuestra red de abogados de toda España y consulta sin compromiso.

¿Qué es una prórroga de contrato de alquiler?

Una prórroga de contrato de alquiler no es más que la extensión del período inicialmente acordado para el arrendamiento de una propiedad.

La legislación española, específicamente la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), establece claramente las condiciones bajo las cuales se pueden realizar estas prórrogas, tanto de manera obligatoria como tácita, asegurando derechos tanto para el inquilino como para el propietario.

Duración y prórrogas según el tipo de arrendador

  • Si el arrendador es una persona física: el contrato de alquiler tiene una duración mínima de 5 años. Sin embargo, si ninguna de las partes comunica su voluntad de no renovar el contrato, este se prorroga automáticamente por periodos anuales hasta un máximo de tres años más.
  • Para arrendadores que son personas jurídicas: la duración mínima del contrato se extiende a 7 años, con la misma posibilidad de prórroga anual hasta tres años más si no hay comunicación de no renovación por parte de las partes implicadas.

El proceso de prórroga y las notificaciones requeridas

El proceso de prórroga obligatoria es automático, a menos que el arrendador o el arrendatario notifiquen su intención de no renovar el contrato con cuatro meses de anticipación, en el caso del arrendador, y dos meses antes del vencimiento del contrato, en el caso del arrendatario.

Es crucial que estas comunicaciones se realicen por escrito y de manera que quede constancia fehaciente de ellas, para evitar posibles disputas futuras.

Prórroga tácita: ¿qué Ocurre cuando no hay comunicación?

Si al término de la duración mínima o de las prórrogas anuales no ha habido comunicación de no renovación por ninguna de las partes, el contrato se renueva automáticamente por períodos de un año.

Este fenómeno, conocido como prórroga tácita, se basa en el principio de que el silencio o la inacción de las partes implica un acuerdo para continuar con la relación de alquiler en los mismos términos y condiciones previamente establecidos.

Motivos para no renovar un contrato de alquiler

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en España establece varios motivos legítimos por los cuales un arrendador puede decidir no renovar un contrato de alquiler una vez cumplido el plazo inicial o cualquiera de sus prórrogas.

  • Necesidad de la vivienda para uso propio o de familiares directos: esta necesidad debe estar expresamente mencionada en el contrato de alquiler desde el inicio, y el propietario debe comunicar su intención de hacer uso de esta cláusula con al menos dos meses de antelación al término del contrato. Es importante que esta comunicación se realice mediante burofax, correo electrónico certificado o cualquier otro medio que permita acreditar su recepción por parte del inquilino.
  • Venta de la propiedad: aunque la venta de la propiedad no impide per se la renovación del contrato de alquiler, en la práctica, algunos propietarios prefieren no renovar los contratos para facilitar la venta de la vivienda desocupada. Sin embargo, los derechos del inquilino en caso de venta de la vivienda arrendada están protegidos, y cualquier nuevo propietario debe respetar el contrato de alquiler existente hasta su finalización, a menos que se acuerde lo contrario.
  • Reformas o necesidades de rehabilitación importante: si el propietario necesita realizar reformas significativas o una rehabilitación que no se pueda llevar a cabo con el inquilino ocupando la vivienda, el contrato puede ser revocado. Sin embargo, al igual que en el caso de la necesidad por uso propio, este motivo debe ser comunicado debidamente y con la antelación necesaria, y en ocasiones, el propietario puede estar obligado a ofrecer una alternativa de realojo o compensación al inquilino.
  • Incumplimiento del contrato por parte del inquilino: la violación de cualquier cláusula contractual por parte del inquilino, como el retraso reiterado en el pago del alquiler, la subarrendación no autorizada de la propiedad o el uso de la vivienda para actividades ilícitas, puede ser motivo suficiente para que el propietario decida no renovar el contrato. En estos casos, es fundamental seguir un proceso legal adecuado para resolver el contrato basándose en el incumplimiento.

Primera consulta gratis

Contacta con abogados especialistas en derecho inmobiliario de tu zona.
Accede a nuestra red de abogados de toda España y consulta sin compromiso.